Derecho laboral · Actualidad

Grupo Dass anunció el cierre de la fábrica que producía zapatillas Nike en Argentina: qué deben revisar los trabajadores

La planta de Eldorado, Misiones, dejará de producir durante julio de 2026.
El cierre provocará la desvinculación de aproximadamente 150 trabajadores.
Aunque la empresa anunció que abonará el 100% de las indemnizaciones, cada liquidación deberá ser controlada individualmente.

Publicado el 9 de julio de 2026 · Información sujeta a actualización

Una aclaración importante
La fábrica no pertenece a Nike. Se trata de una planta del Grupo Dass que fabricaba calzado por encargo para distintas marcas deportivas, entre ellas Nike y Adidas.

El Grupo Dass anunció el cierre definitivo de su planta industrial ubicada en Eldorado, provincia de Misiones, después de aproximadamente 19 años de funcionamiento.

Según la información difundida, la producción finalizará en dos etapas. Una parte de los trabajadores sería desvinculada el 17 de julio de 2026 y el resto el 24 de julio de 2026.

150
Trabajadores aproximadamente afectados
19
Años de actividad en Eldorado
2
Etapas anunciadas para las desvinculaciones

De más de 1.500 trabajadores a los últimos 150 operarios

La fábrica comenzó a funcionar en 2007 y, durante su período de mayor actividad, llegó a emplear a más de 1.500 personas.

En 2021 incorporó nuevas líneas para fabricar zapatillas Nike y alcanzó una capacidad estimada de hasta 2,5 millones de pares anuales. Sin embargo, durante los años siguientes comenzó un proceso sostenido de reducción de personal y disminución de la producción.

A mediados de 2025, la planta todavía contaba con aproximadamente 470 trabajadores. Luego de nuevos recortes, en enero de 2026 el plantel se habría reducido a cerca de 220 empleados.

El cierre ahora anunciado alcanzaría a los últimos 150 operarios que permanecían prestando tareas en Eldorado.

¿Por qué cierra la fábrica?

De acuerdo con la versión atribuida a la empresa, la decisión estaría relacionada principalmente con la falta de nuevos pedidos de las marcas deportivas y con la pérdida de competitividad de la producción local.

Dass continuaría desarrollando actividades comerciales en Argentina mediante oficinas, depósitos y centros de distribución. Sin embargo, parte de los productos que antes se fabricaban en el país pasarían a ser importados desde Brasil.

La postura del sindicato

Desde la Unión de Trabajadores de la Industria del Calzado de la República Argentina —UTICRA— señalaron que la apertura de las importaciones habría tenido una incidencia directa sobre la pérdida de pedidos y la reducción de la fabricación nacional.

Según la representación sindical, para las grandes marcas resultaría actualmente más económico importar calzado terminado que producirlo dentro del país.

Esta explicación constituye una posición sindical y económica. No equivale, por sí sola, a una determinación judicial o administrativa acerca de las responsabilidades por el cierre.

La reducción de aranceles al calzado importado

En marzo de 2025, el Gobierno nacional anunció una reducción de los aranceles de importación aplicables al calzado, que pasaron del 35% al 20%.

La medida fue presentada oficialmente como una política destinada a incrementar la competencia y reducir los precios internos.

Por esa razón, el cierre no debería explicarse mediante una única causa. En el análisis aparecen distintos factores: la caída de los pedidos, los costos de producción, la competencia internacional, las decisiones de las marcas y la política económica vinculada con las importaciones.


La empresa anunció el pago del 100% de las indemnizaciones

Representantes sindicales informaron que Dass se comprometió a pagar las indemnizaciones completas, respetando la antigüedad de cada trabajador.

La Ley de Contrato de Trabajo contempla distintas consecuencias indemnizatorias según la causa invocada para extinguir la relación laboral.

Despido sin causa

Como regla general, el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo establece una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses.

El cálculo debe realizarse tomando la remuneración que corresponda según la legislación vigente, la categoría laboral, los conceptos habituales y los límites legales aplicables.

Fuerza mayor o falta de trabajo

El artículo 247 contempla una indemnización reducida cuando el despido se funda en fuerza mayor o en una falta o disminución de trabajo que no sea imputable al empleador.

Sin embargo, esa causal no puede invocarse de manera automática. La empresa debe acreditar las circunstancias excepcionales alegadas y el cumplimiento de los requisitos correspondientes.

Según la información periodística disponible, Dass habría decidido abonar las indemnizaciones completas y no aplicar la reducción prevista por el artículo 247. No obstante, será necesario revisar el contenido de cada telegrama, recibo y liquidación.

¿Qué conceptos debería incluir la liquidación?

Que la empresa anuncie el pago del “100% de la indemnización” no significa que el trabajador deba aceptar cualquier cálculo sin verificarlo.

Según las circunstancias de cada caso, la liquidación podría incluir:

  • Indemnización por antigüedad.
  • Salarios trabajados y todavía no abonados.
  • Indemnización sustitutiva de preaviso.
  • Integración de los días faltantes hasta finalizar el mes del despido.
  • Sueldo anual complementario proporcional.
  • Vacaciones proporcionales no gozadas.
  • Horas extras, premios y adicionales convencionales.
  • Diferencias salariales pendientes.
  • Entrega de certificados laborales y previsionales.

Cuando el empleador omite otorgar el preaviso, debe abonar la indemnización sustitutiva correspondiente. También puede proceder la integración del mes de despido cuando la extinción se comunica antes del último día del mes.

A esos conceptos pueden sumarse el aguinaldo proporcional, las vacaciones no gozadas, remuneraciones pendientes y adicionales previstos por el convenio colectivo aplicable.

Cobrar el dinero no siempre impide reclamar diferencias

Si la empresa deposita una suma inferior a la que legalmente corresponde, recibir ese dinero no significa necesariamente que el trabajador pierda el derecho a reclamar las diferencias.

El artículo 260 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que un pago insuficiente puede ser considerado como una entrega a cuenta del total adeudado.

Atención antes de firmar
Debe prestarse especial cuidado frente a acuerdos conciliatorios, convenios de desvinculación, recibos de conformidad o documentos que incluyan renuncias a derechos.

Para que ciertos acuerdos liberatorios produzcan los efectos previstos legalmente, deben cumplirse las formalidades correspondientes y contar con intervención de la autoridad administrativa o judicial competente.

¿Debió iniciarse un Procedimiento Preventivo de Crisis?

La Ley Nacional de Empleo regula el Procedimiento Preventivo de Crisis para determinados supuestos de despidos o suspensiones masivas fundados en razones económicas, tecnológicas o de fuerza mayor.

En empresas con menos de 400 empleados, el procedimiento se activa cuando las medidas afectan a más del 15% del personal.

En este caso, el anuncio alcanzaría a la totalidad de los aproximadamente 150 trabajadores que permanecían en la planta.

Con la información pública disponible no puede afirmarse si Dass inició o no este procedimiento. Para determinarlo sería necesario consultar las actuaciones de la autoridad laboral competente.

El Procedimiento Preventivo de Crisis no impide necesariamente un cierre, pero permite que la empresa, el sindicato y la autoridad laboral analicen las causas invocadas, las alternativas posibles y las condiciones de las desvinculaciones.

¿Nike o Adidas deben responder por las indemnizaciones?

Los trabajadores afectados aparecen públicamente vinculados laboralmente con el Grupo Dass.

El hecho de que en la planta se fabricaran zapatillas para Nike, Adidas u otras marcas no convierte automáticamente a esas compañías en empleadoras directas.

Una posible responsabilidad solidaria dependería de cuestiones como los contratos celebrados, la estructura de la actividad, la organización concreta de la producción, los controles laborales realizados y la documentación de cada empresa.

Sin acceso a los contratos comerciales y a la documentación laboral, no corresponde afirmar que Nike o Adidas sean responsables directas por las indemnizaciones.

Qué documentación deberían conservar los trabajadores

Antes de firmar una liquidación definitiva o un acuerdo, cada trabajador debería conservar y revisar:

  • Telegrama o carta documento de despido.
  • Todos los recibos de sueldo disponibles.
  • Constancia de la fecha real de ingreso.
  • Categoría y tareas efectivamente realizadas.
  • Convenio colectivo aplicable.
  • Registros de horas extras y adicionales.
  • Constancias de aportes previsionales.
  • Liquidación confeccionada por la empresa.
  • Copia de cualquier acuerdo propuesto para su firma.

También debería controlarse que la antigüedad, la categoría, la remuneración utilizada como base y los adicionales coincidan con la realidad de la relación laboral.

¿Se puede solicitar la prestación por desempleo?

Los trabajadores despedidos sin causa pueden analizar si reúnen las condiciones para solicitar la prestación por desempleo.

Para el trámite se necesita documentación que acredite la finalización de la relación laboral. Además, conviene iniciarlo dentro de los plazos establecidos para evitar reducciones o inconvenientes.

Una indemnización correcta no elimina el impacto del cierre

El pago completo de las indemnizaciones representa el cumplimiento de una obligación legal, pero no neutraliza el impacto económico y social que puede generar la pérdida simultánea de aproximadamente 150 puestos de trabajo en Eldorado.

El caso demuestra que el cierre de una empresa no debe analizarse solamente desde una discusión política o económica.

Para cada trabajador existe una situación jurídica individual que exige revisar su antigüedad, salario, convenio colectivo, preaviso, vacaciones, aguinaldo, aportes, certificados y condiciones concretas de la desvinculación.

¿Recibiste un telegrama de despido o una liquidación que no comprendés?

Antes de firmar un acuerdo o aceptar una liquidación definitiva, es importante controlar cada concepto según tu antigüedad, remuneración, categoría y convenio colectivo.

Abogada Flor · Orientación jurídica

Aviso legal: artículo informativo actualizado al 9 de julio de 2026, elaborado a partir de fuentes periodísticas y normativa de acceso público. No implica atribuir responsabilidades empresariales, sindicales o estatales que no hayan sido determinadas por una autoridad competente. Cada situación laboral debe analizarse según su documentación, antecedentes y circunstancias particulares.


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